Beneficios de ser Socio.
- Pertenecer e integrar la comunidad nacional e internacional de profesionales de la Mediación y Resolución de Conflictos bajo un código de ética.
- Acceder a una acreditación como Mediadores Profesionales que los avala como tales para el ejercicio profesional.(exclusivo para profesionales no abogados)
- Al menos dos actividades de actualización sin cargo durante el año. (cursos, seminarios, conferencias, congresos, virtuales o presenciales)
- Descuentos en todas las actividades aranceladas, Congresos Nacionales, Regionales e Internacionales.
- Alquiler de las salas para reuniones de mediación, empresarias y de capacitación.
- Posibilidad de postularse con un proyecto a los Grupos de Interés.
- Posibilidad de ser Director o integrante de las diferentes comisiones: Ética, Comunicación y marketing, Acreditaciones, Relaciones Internacionales, Eventos especiales y Premio AAMI
- Posibilidad de postularse para el premio FE
- Recibir el Newsletter semanal y la Revista trimestral en papel y formato electrónico AAMI, con artículos generados por la red profesional y novedades de la Asociación.
- Acceso a material didáctico (videos, audios, libros, conferencias sobre temas relacionados con la Mediación y la resolución e conflictos)
- Tener una mayor visibilidad (perfil profesional en el Directorio de profesionales de la Web de AAMI)
- Participar comprometidamente en las comisiones para ser parte del crecimiento continuo y la suma de valor en la profesión
- Conexión con otros mediadores nacionales e internacionales, algo mas grande, que está pasando, en la profesión de la Mediación Interdisciplinaria
- Expandir el desarrollo profesional, y las competencias que requiere la Mediación Interdisciplinaria
- Validarse, con una credencial de la AAMI y construir credibilidad en su gestión como mediador.
- Realizar ponencias.
- Participación en actividades de habla hispana, locales y regionales.
- Participar de la Semana de la Mediación Interdisciplinaria
¿Por qué ser Socio?
Para pertenecer a la comunidad internacional de Mediadores Profesionales de mayor prestigio por sus estándares de excelencia y por principios éticos con los cuales se maneja.
Porque AAMI es una Asociación sin fines de lucro que representa a todos los profesionales graduados en todas las disciplinas interesados en la temática de la Mediación y la Resolución de Conflictos
Porque AAMI ha sabido crecer en, cambiando su forma para adaptarse a las cambiantes necesidades de la comunidad profesional a la que nuclea y atiende.
Porque somos una red de personas que integra la visión de organizaciones empresarias, de gobierno y de la sociedad civil.
Porque la red que se integra tiene un probado valor para el desarrollo, brindando un ámbito de consulta, de referencia y de ampliación de horizontes profesionales, que no brinda ninguna otra asociación en el país.
Porque nuestro objetivo es contribuir al desarrollo de los profesionales del área dando a conocer las mejores prácticas en la Resolución de Conflictos
Porque los socios activos contribuyen a la sustentabilidad y el desarrollo de la Asociación para realizar acciones que vuelven a sus socios.
Alumnos y Ex Alumnos de Formación Ejecutiva Instituto
Opción 1: $ 850 (Pesos Ochocientos Cincuenta) mensuales
Opción 2: $ 2500 (Pesos Dos Mil Quinientos) trimestrales
Opción 3: $ 10.000 (Pesos Diez Mil) anuales
Profesionales que no hayan cursado en Formación Ejecutiva Instituto
Opción 1: $ 1670 (Pesos Mil Seiscientos Setenta) mensuales
Opción 2: $ 5000 (Pesos Cinco Mil) trimestrales
Opción 3: $ 20.000 (Pesos Veinte Mil) anuales
El paso a paso para trabajar como mediador voluntario ó judicial
Mediación Prejudicial | Mediación Voluntaria o Comunitaria |
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Brinda la posibilidad de solucionar disputas, facilitando el dialogo entre las partes y propiciando el logro de acuerdos antes de llegar a los Tribunales con sus consiguientes beneficios. Este trámite es válido para habilitar la vía judicial en los términos de las ley Nro 26.589 que la instituye. La convocatoria es de carácter obligatorio y las partes deben concurrir con sus letrados o de no poder costearlos requerir la asignación de uno en el Centro de Prevención y Resolución de conflictos o en otros de patrocinio gratuito. Las mediaciones están a cargo de mediadores en equipos interdisciplinarios que acreditan capacitación de acuerdo a las pautas fijadas por el ministerio de Justicia para las Entidades Formadoras en Mediación habilitadas por el citado Ministerio. En principio este campo de actuación está reservado a profesionales abogados con matricula de antigüedad mínima de 3 años. Pero en alguna provincias la posibilidad está abierta a todo profesional Universitario. Requisitos de admisión ¿ Quién puede ejercer como mediador prejudicial? : Profesional abogado con 3 años de matrícula, domiciliado en la jurisdicción donde se matriculará como mediador. Requisitos de admisión¿ Quién puede ejercer como co-mediador prejudicial? Todo profesional universitario abogado con 3 años de matrícula, domiciliado en la jurisdicción donde se matriculará como mediador. | Permite solucionar conflictos que tienen que ver con la comunidad en cualquier ámbito ( escolar, empresarial, barrial, comunitario, ONG, etc) en su diaria convivencia. A través de este método participativo que permite el dialogo entre las parte. La convocatoria no es de carácter obligatorio pero en caso de no asistir quedara habilitada la vía de mediación prejudicial obligatoria con la consecuente apertura de instancia judicial. Las partes pueden concurrir sin asistencia letrada. En mediaciones voluntarias el mediador no necesariamente debe ser abogado. Pueden ser llevadas a cabo por cualquier profesional que habiendo obtenido su título en alguna de las instituciones formadoras en mediación que dependen del Ministerio de Justicia se haya asociado para poder ejercer en buena y debida forma a alguna de las Asociaciones que nuclean , respaldan y acreditan a los profesionales mediadores ej AAMI Y en algunas Pcias., ej Bs. As esta normado su régimen de actuación Ley 13.951( arts 36, 37 y 38) ¿Quién puede ejercer esta profesión? La Mediación que es la Práctica más desarrollada en la Argentina y en la mayoría de los países que aplican esta disciplina. Hace más de tres lustros que en la Argentina se legisla sobre la Mediación; todas las leyes sobre el ejercicio profesional de la Mediación obligan, como requisito indispensable, a capacitarse específicamente en Instituciones Formadoras, habilitadas para esos fines por el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Seguridad de la Nación, a todos los profesionales actuantes como mediadores o comediadores. Este requisito es una prueba fehaciente de que el ejercicio de la Mediación Profesional no es incumbencia propia de ninguna de nuestras profesiones de base. Como todos sabemos, lo que está como requisito para la obtención del Título de Grado se estudia en las respectivas Carreras, y ese Título habilita para cualquier ejercicio de la profesión. “ La mediación no es solo aplicable a los casos derivados por sistema judicial. Su ámbito de aplicación es mucho más amplio. O sea que solo una parte del campo de la mediación es la de los casos derivados del sistema judicial. La mayoría de las mediaciones no tienen nada que ver con el ámbito judicial..Sintetizando, los campos de aplicación de la mediación son múltiples y solo uno de ellos es el de los casos derivados del sistema judicial” MarinésSuares“ Mediación: conducción de disputas, comunicación y técnicas” Edit. Paidós. |
Paso 1. Realizar la Formación Básica Inicial en una Institución formadora en Mediación que este registrada y habilitada como tal por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación | Paso 1. Realizar la Formación Básica Inicial en una Institución formadora en Mediación que este registrada y habilitada como tal por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación |
Paso 2.- Aprobar las instancias de evaluación correspondientes y Certificar la instancia de Formación Básica | Paso 2.- Aprobar las instancias de evaluación correspondientes y Certificar la instancia de Formación Básica |
Paso 3.- En Capital Federal: presentarse en las fechas que disponga Dirección Nacional de Mediación y Métodos participativos de Resolución de Conflictos a rendir examen para obtener Matrícula de Mediador Prejudicial | Paso 3. Obtener la credencial de acreditación que avala al profesional para ejercer como mediador voluntario profesional en todos los ámbitos menos en el judicial |